Ser Asociado

Ser Asociado

Si deseas ser parte de COOMULDEMM, estás dando un paso hacia el crecimiento personal, financiero y solidario. Ser asociado significa integrarte a una comunidad cooperativa basada en principios de ayuda mutua, responsabilidad y equidad. 

¡Únete y construyamos juntos un futuro más justo y solidario! Contáctanos 

Requisitos para Personas naturales

  1. Las personas naturales legalmente capaces y los menores de edad que hayan cumplido catorce (14) años, o quienes sin haberlos cumplido, se asocien a través de representante legal. 
  2. Participar directa o indirectamente en por lo menos una de las actividades de la cooperativa. 
 
  3. Presentar solicitud escrita ante el Consejo de Administración y suministrar toda la información solicitada por la Cooperativa en forma fidedigna y verificable. 
 
  4. Ser admitido como asociado por el Consejo de Administración. 
 
  5. Pagar el equivalente al seis punto ocho por ciento (6.8%) de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. El valor resultante será aproximado al múltiplo de mil más cercano. Quienes tengan el carácter de asociados fundadores podrán pagar este valor hasta un mes después del momento de constitución de la cooperativa. 
  6. La cuota de ingreso no es reembolsable. 

Requisitos para Personas jurídicas 

  1. Ser una persona jurídica legalmente reconocida y acreditado mediante el Certificado de existencia y representación legal o su equivalente. 
  2. Presentar solicitud escrita ante el Consejo de Administración y suministrar toda la información requerida en forma fidedigna y verificable. 
  3. Presentar copia de los estados financieros del año inmediatamente anterior a la fecha de su solicitud (si aplica). 
  4. Ser admitido como asociado por el Consejo de Administración. 
 
  5. Pagar el equivalente al seis punto ocho por ciento (6.8%) de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. El valor resultante será aproximado al múltiplo de mil más cercano. Quienes tengan el carácter de asociados fundadores podrán pagar este valor hasta un mes después del momento de constitución de la cooperativa. 
  6. La cuota de ingreso no es reembolsable.